9 de diciembre de 2014

Leyes de educación durante el Franquismo


Promulgada en la posguerra española esta Ley que sólo afectaba a la Enseñanza Primaria complementada por un Decreto en 1967. Recogía la ideología del régimen de Franco considerando a la educación como un derecho de la familia, la Iglesia y el Estado, por lo que ésta se veía marcada, como es comprensible, por el pensamiento nacional-católico de orientación fascista, aunque particularmente rediseñado por el franquismo, partiendo de las ideas que planteaba José Antonio Primo de Rivera.
Por ello, la Educación Primaria tenía un carácter confesional, patriótico, social, intelectual, físico y profesional. Buscaba con hincapié la unificación lingüística de todo el Estado, dado que los nacionalismos catalanes y vascos habían sesgado a la nación durante la Segunda República. Declaraba además a la Educación Primaria obligatoria y gratuita con separación de sexos.
Esta ley, homóloga a la anterior, regulaba la enseñanza secundaria o media y también fue reformada en 1967. Era una ley confesional e ideológica. A las enseñanzas medias se accedía mediante una prueba de ingreso. La ordenación establecía bachilleratos de plan general y de plan especial. El bachillerato de plan general constaba de un bachillerato elemental de cuatro años de duración, una reválida para acceder al bachillerato superior de dos cursos más y otra reválida. El bachillerato de plan especial, laboral, constaba de cinco cursos y otras dos reválidas. Además, existía un curso de preparación para la Universidad.
Con esta ley se pretendía dotar al país de un sistema educativo más justo, más eficaz y más en consonancia con las necesidades de los españoles. Los criterios básicos para esta ley fueron la unidad, abarcando los distintos niveles educativos, la interrelación entre ellos, y la flexibilidad.
La estructura del sistema educativo quedó establecida como sigue:
·         Educación Maternal, de dos a cuatro años. Era voluntaria y se impartía fundamentalmente en centros privados y guarderías.
·         Educación Preescolar, de cuatro a seis años. Era voluntaria y se impartía en centros públicos y privados por profesores especialistas en Preescolar. El currículo se limitaba a los aspectos madurativos y a la preparación para las materias instrumentales: prelectura, preescritura y precálculo.
·         Educación General Básica (EGB), de seis a catorce años. Era obligatoria y gratuita. Los ocho cursos estaban divididos en dos etapas (Primera Etapa los cinco primeros cursos y Segunda Etapa, los tres restantes) y tres ciclos.
·         El Ciclo Inicial, de seis a ocho años de edad, comprendía los dos primeros cursos.
·         El Ciclo Medio, de ocho a once años, abarcaba los cursos tercero, cuarto y quinto.
·         El Ciclo Superior, de doce a catorce años, comprendía los tres últimos cursos.
El alumnado podía obtener uno de estos dos títulos:
·         Graduado Escolar, cuando se superaban con éxito los objetivos de los ocho cursos de EGB. Permitía al alumnado continuar estudios de Bachillerato o de Formación Profesional.
·         Certificado de Escolaridad, que acreditaba haber cursado los ocho años de escolaridad pero no informaba de su aprovechamiento. Sólo daba acceso a la Formación Profesional o al abandono del sistema educativo.
La estructura interna de las materias se estableció en las Nuevas Orientaciones Pedagógicas (1970). El profesorado en esta Ley abarcó a los antiguos Maestros de Primaria homologados con los procedentes de la Reforma que por primera vez los incluía en la Universidad con rango de Diplomados Universitarios y títulos de profesores de Educación General Básica.
El modelo de enseñanza seguido en esta Ley fue tecnocrático, de línea conductista. Seguía en términos generales una idea del aprendizaje de tipo proceso-producto. El modelo de profesor fue consecuentemente técnico y competente que diseñe buenos programas con objetivos claros y medibles.

Las primeras actuaciones franquistas en educación.
Tras la sublevación se constituyó la Junta Técnica del Estado, y dentro de ésta la Comisión de Cultura y Enseñanza, presidida por J. María Pemán, de la Asociación Católica Nacional de Propagandistas, y como vicepresidente a Enrique Suñer, de la Federación de Amigos de la Enseñanza (pantalla de las congregaciones religiosas que se dedicaban a la enseñanza).
El 30 de enero de 1938, el Ministerio de Instrucción Pública cambia de nombre en el bando sublevado y pasa a llamarse Ministerio de Educación Nacional, siendo Pedro Sainz Rodríguez1 el primer ministro de educación franquista; había adquirido experiencia en educación durante los gobiernos de la Dictadura y de la República. Entre las primeras medidas que toman hay que señalar que suprimen el laicismo, la coeducación y la enseñanza de las lenguas distintas al castellano; la religión católica se identifica con la esencia de la Nuevo Estado y se impone la religión como obligatoria; implantan una rígida censura en los libros de texto, e imponen la educación separada por sexos, empezando una cruel depuración de enseñantes de todos los niveles…; en resumen, inhiben y subordinan los intereses del Estado a los intereses del catolicismo más rancio y conservador.
El franquismo triunfante, además de desmontar todo el edificio educativo republicano, ejerció sobre los docentes una represión intensa y despiadada. Las represalias llegaron como resultado de un proceso de depuración, de “limpieza”, como gustaban recordar los vencedores de nuestra última Guerra Civil, desarrollado en aquellos años malditos durante los que se ejerció una feroz coerción sobre toda España, pero eligiendo el terreno de la educación como preferente, para que sirviera como ejemplo de escarmiento a toda la población. Por eso, los castigos se cebaron en los maestros y maestras, en los profesores de instituto o de universidad.
La depuración de maestras y maestros republicanos.
La depuración establecida por el régimen franquista abarcó a todos los ámbitos de la sociedad española; cayeron en una aberración jurídica, en lo que se conoce como una “justicia al revés”, se juzgaba y condenaba a quiénes habían sido leales al gobierno republicano legal y democráticamente constituido.
Fue una represión militar, pues constituyeron tribunales militares y aplicaron el código de justicia militar, una (in) justicia ordenada por los vencedores y a su servicio. Aunque hay diversos estudios parciales, la verdad es que no hay un estudio global sobre la represión al magisterio en toda España, lo que nos impide saber a ciencia cierta a cuántos fusilaron, a cuántos encarcelaron, a cuántos suspendieron de empleo y sueldo y a cuántos quedaron ratificados en sus cargos por ser adictos al régimen. Lo que si sabemos es que todos pasaron por los tribunales de depuración, todos y todas.
 LA DICTADURA DEL GENERAL FRANCO. 1936-1975.
El régimen político que se impone en España a partir de la guerra civil no se preocupa de diseñar un sistema escolar distinto del preexistente. En los primeros años, la educación sólo interesa al Gobierno como vehículo transmisor de ideología, sin importarle en exceso su organización y estructura interna. Así, proliferan decretos y órdenes ministeriales con una sola idea: la educación debe ser católica y patriótica. Hay, por tanto, un rechazo frontal a la política educativa de la República.
Podría caracterizarse someramente el sistema escolar de la posguerra por una serie de rasgos. En primer lugar, se define una enseñanza confesional católica basada en tres premisas fundamentales:
·           Educación de acuerdo con la moral y dogma católicos
·           Enseñanza obligatoria de la religión en todas las escuelas
·           Derecho de la Iglesia a la inspección de la enseñanza en todos los centros docentes.
Se observa igualmente una politización de la educación por medio de una orientación doctrinaria de todas las materias. En tercer lugar, se establece la subsidiariedad del Estado en materia de educación, porque es la sociedad la que asume las competencias en este terreno; ello no se entiende como subsidiariedad en el sentido liberal, sino que significa que el Estado se desentiende de la tarea educativa y la deja plenamente en manos de la Iglesia. Como ya se ha dicho, se produce una ruptura total con la época anterior, rechazándose todos los avances de la república en cuanto a la renovación de los métodos pedagógicos y mejora del  nivel intelectual de la enseñanza. También es importante la separación de sexos, debida a la 6 prohibición de la escolarización mixta. Y, por último, se incrementan el elitismo y la discriminación en la enseñanza, manifestados principalmente en la existencia de un sistema educativo de «doble vía»: el Bachillerato para las elites y otra vía para las clases más desfavorecidas.
En este período se promulgan cuatro leyes importantes en materia de enseñanza. La primera, la Ley de Reforma de la Enseñanza Media, de 20 de septiembre de 1938, pretende regular el nivel educativo de las elites del país. En esa misma línea, el 29 de julio de 1943 se promulga la Ley que regula la Ordenación de la Universidad. La tercera ley, que afecta a la Enseñanza Primaria, deberá esperar hasta el 17 de julio de 1945, y la cuarta, la Ley de Formación Profesional Industrial, hasta el 16 de julio de 1949.
En la década de los 50 se observa una cierta apertura en el mundo de la enseñanza. Persisten la confesionalidad y el predominio de la Iglesia, pero remiten un poco el patriotismo y la preponderancia del adoctrinamiento político sobre lo técnico pedagógico.
Tres leyes básicas se promulgan en esta etapa. En primer lugar, la Ley sobre Ordenación de la Enseñanza Media llamada «Ley de Ruiz Jiménez», de 26 de febrero de 1953. Esta normativa significa un nuevo enfoque de la educación, menos dogmático y más atento a la calidad intelectual de la enseñanza; además, supone un primer paso hacia la generalización de la escolaridad hasta los 14 años, aunque se mantiene la doble vía. La segunda ley fundamental, decisiva en este caso para la escolarización real de la población infantil, fue la de 22 de diciembre de 1953 sobre Construcciones Escolares, donde se establece un sistema de convenio entre Estado y ayuntamientos y diputaciones para la construcción de escuelas.
Por último, la Ley de 20 de julio de 1957 sobre Enseñanzas Técnicas contribuye también, de
alguna manera, a la «normalización» del sistema, al incorporar a la Universidad las escuelas de ingenieros y arquitectos y abrirlas a un mayor número de alumnos.
En los años 60, la expansión económica, el proceso de industrialización, la explosión escolar pesar de que entre sus promesas electorales se incluían profundas reformas educativas, el alzamiento militar, que trajo consigo la guerra civil y el final de la República, no permitió su puesta en práctica.
El 18 de julio de 1936 comienza la guerra civil española con el alzamiento militar del general Franco. Durante los tres años que dura la confrontación, la vida social, cultural y política del país vive conmocionada, por lo que habrá que esperar hasta la victoria de los sublevados para reanudar la historia del sistema educativo español.







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